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La cuenta vivienda el ahorro antes de comprar

Por: Fusterconsulting

La compra de una vivienda es, sin duda, una de las mayores inversiones que cualquier consumidor realiza a lo largo de su vida. El ahorro en una fase previa puede convertirse en una solución acertada para el joven o incipiente comprador que piensa comprarse una casa.

Aunque la forma más rentable de financiar esta comprar es acudir a un préstamo hipotecario, lo normal es que éste no cubra el cien por cien del valor de tasación de la vivienda, a pesar de que ya existen entidades financieras que conceden este cien por cien. Por lo tanto, este comprador tendrá que aportar el importe necesario hasta alcanzar el valor total.

Además, la operación de compra de una vivienda lleva unidos otros gastos adicionales de formalización de hipotecas, gestoría, notaría, etc, que exigirán un dinero aparte.

La cuenta vivienda es una de las opciones financieras de ahorro más significativa del sistema bancario español en estas circunstancias, por las facilidades para el consumidor y por sus ventajas fiscales.

Ahora bien, a la hora de abrir una cuenta de estas características se deben tener en cuenta algunos aspectos.

• Plazo. La cuenta vivienda tiene un plazo de validez determinado y desde el momento de su apertura hasta la compra de la vivienda no pueden transcurrir más de 4 años. Si finalizado este periodo no se realiza la compra de la vivienda se perderán todas las ventajas fiscales que se explican más abajo.

Si durante ese tiempo se han disfrutado de estas ventajas pero pasado los 4 años el dinero ahorrado no se destina a la compra de la primera vivienda habitual, el comprador tendrá que devolver a Hacienda las cantidades recibidas más los intereses de demora generados durante ese tiempo.

• Disponibilidad del ahorro. Se puede disponer total o parcialmente del ahorro en cualquier momento. Únicamente el ahorro tiene que ir destinado a la compra de la primera vivienda habitual, si se desean recibir las ventajas fiscales.

• Flexibilidad en las aportaciones. Las aportaciones se pueden realizar en cualquier momento, sin fechas específicas, ni cuantías determinadas.

• Comisiones. La cuenta vivienda no suele tener comisiones y si las tiene son inferiores a las de otros productos similares.

• Intereses. Los intereses se liquidan mensual, trimestral, semestral o anualmente. Esto depende de la entidad elegida. En cualquier caso, los intereses obtenidos tributan como rendimientos de capital mobiliario y la retención a cuenta es del 18%.

Como se apuntaba anteriormente, uno de los reclamos de este plan de ahorro son sus interesantes ventajas fiscales, ya que permite aplicar deducciones en la renta por las cantidades ahorradas.

Hacienda devolverá a cada ahorrador anualmente un 15% del dinero que se deposite en esa cuenta, hasta un límite de 9.015,18 euros. Si un joven ingresa dentro de ese año 9.015,18 euros, Hacienda le devolverá el 15%, es decir, 1.352, 28 euros. La cuenta vivienda no tiene límites de ingresos pero las desgravaciones fiscales no superarán el limite apuntado anteriormente.

Los requisitos que se exigen, pues, para percibir estas ventajas son:

• Las cuentas deben ser independientes de cualquier otro tipo de imposición.

• Los importes incluidos en esta cuenta deben estar destinados a la adquisición, construcción o rehabilitación de la primera vivienda habitual.

• Cada contribuyente solo podrá tener abierta una cuenta vivienda.

• Las cantidades deben destinarse al fin mencionado en el plazo de 4 años desde su apertura, excepto las cuentas creadas antes del 1 de enero de 1999 que cuentan con un plazo de 5 años.

Por el contrario, se perderán las ventajas fiscales cuando se destine el dinero de esa cuenta para fines distintos, pasen cuatro años desde la apertura de la cuenta sin que se haya adquirido o rehabilitado la vivienda o cuando la adquisición de la vivienda no cumpla la condición de residencia habitual.

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